🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722
Artículo 33 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialNormas generales
Texto vigente
1. En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.
2. Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central.
3. Reglamentariamente se establecerán otras posibles excepciones a la norma general señalada en el apartado 1 y particularidades de la maniobra de adelantamiento en función de las características de la vía.
Flashcards de este artículo
Artículo 33. Normas generales (apartado 1)
En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.
En todas las carreteras, como norma general, el ________ debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.
adelantamiento
«En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.»
¿Qué artículo lleva por título «Normas generales»?
Artículo 33. Normas generales (apartado 2)
Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central.
________ se establecerán otras posibles excepciones a la norma general señalada en el apartado 1 y particularidades de la maniobra de adelantamiento en función de las características de la vía.
Reglamentariamente
«Reglamentariamente se establecerán otras posibles excepciones a la norma general señalada en el apartado 1 y particularidades de la maniobra de adelantamiento en función de las características de la vía.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.