Ir al generador

🚦 Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) · BOE-A-2015-11722

Artículo 18 de la Ley de Tráfico y Seguridad VialSupuestos especiales del sentido de circulación y restricciones

Texto vigente

Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, o por motivos medioambientales, se podrá ordenar por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial de acceso a partes de la vía, bien con carácter general o para determinados vehículos, el cierre de determinadas vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos, o la utilización de arcenes o carriles en sentido opuesto al normalmente previsto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 01/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/2

Artículo 18. Supuestos especiales del sentido de circulación y restricciones

Artículo 18 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Contenido1/2

Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, o por motivos medioambientales, se podrá ordenar por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial de acceso a partes de la vía, bien con carácter general o para determinados vehículos, el cierre de determinadas vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos, o la utilización de arcenes o carriles en sentido opuesto al normalmente previsto.

¿Qué artículo?2/2

¿Qué artículo lleva por título «Supuestos especiales del sentido de circulación y restricciones»?

Artículo 18 · Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015)
Respuesta2/2

Artículo 18

Otros artículos de Sección 1.ª Lugar de la vía