🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 998 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Las referidas diligencias se archivarán por el Secretario judicial que en ellas haya intervenido.
Flashcards de este artículo
Artículo 998
Las referidas diligencias se archivarán por el Secretario judicial que en ellas haya intervenido.
Las referidas ________ se archivarán por el Secretario judicial que en ellas haya intervenido.
diligencias
«Las referidas diligencias se archivarán por el Secretario judicial que en ellas haya intervenido.»
¿Qué artículo establece: «Las referidas diligencias se archivarán por el Secretario judicial que en ellas haya intervenido»?
Artículo 998
«Las referidas diligencias se archivarán por el Secretario judicial que en ellas haya intervenido.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Las referidas diligencias se archivarán por el Secretario del Juez judicial que en ellas haya intervenido.
- Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
- Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
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