🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 628 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Devuelta la causa o recogida de poder del último que la hubiere recibido, el Secretario judicial la pasará inmediatamente al ponente, con los escritos presentados, por término de tres días.
Flashcards de este artículo
Artículo 628
Devuelta la causa o recogida de poder del último que la hubiere recibido, el Secretario judicial la pasará inmediatamente al ponente, con los escritos presentados, por término de tres días.
Devuelta la causa o recogida de poder del último que la hubiere recibido, el Secretario judicial la pasará inmediatamente al ponente, con los escritos presentados, por término de ________.
tres días
«Devuelta la causa o recogida de poder del último que la hubiere recibido, el Secretario judicial la pasará inmediatamente al ponente, con los escritos presentados, por término de tres días.»
¿Qué artículo establece: «Devuelta la causa o recogida de poder del último que la hubiere recibido, el Secretario judicial la pasará inmediatamente al ponente, con…»?
Artículo 628
«Devuelta la causa o recogida de poder del último que la hubiere recibido, el Secretario judicial la pasará inmediatamente al ponente, con los escritos presentados, por término de tres días.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Devuelta la causa o recogida de poder del último que la hubiese hubiere recibido, se el Secretario judicial la pasará inmediatamente al Ponente, ponente, con los escritos presentados, por término de tres días.
- Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
- Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.