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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 183 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Los Jueces y Tribunales se auxiliarán mutuamente para la práctica de todas las diligencias que fueren necesarias en la sustanciación de las causas criminales.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 183

Artículo 183 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Los Jueces y Tribunales se auxiliarán mutuamente para la práctica de todas las diligencias que fueren necesarias en la sustanciación de las causas criminales.

Completa el hueco2/3

Los Jueces y Tribunales se auxiliarán mutuamente para la práctica de todas las ________ que fueren necesarias en la sustanciación de las causas criminales.

Artículo 183 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

diligencias

«Los Jueces y Tribunales se auxiliarán mutuamente para la práctica de todas las diligencias que fueren necesarias en la sustanciación de las causas criminales.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Los Jueces y Tribunales se auxiliarán mutuamente para la práctica de todas las diligencias que fueren necesarias en la sustanciación de las…»?

Artículo 183 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 183

«Los Jueces y Tribunales se auxiliarán mutuamente para la práctica de todas las diligencias que fueren necesarias en la sustanciación de las causas criminales.»

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