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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 322 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoEfectos, modificación y extinción de los contratos. Responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto

Texto vigente

1. Los efectos, modificación y extinción de los contratos de las entidades del Sector Público que no ostenten la condición de poder adjudicador se regularán por las normas de derecho privado que les resulten de aplicación.

2. En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 322. Efectos, modificación y extinción de los contratos. Responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto (apartado 1)

Artículo 322 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

Los efectos, modificación y extinción de los contratos de las entidades del Sector Público que no ostenten la condición de poder adjudicador se regularán por las normas de derecho privado que les resulten de aplicación.

Completa el hueco2/5

Los efectos, ________ y extinción de los contratos de las entidades del Sector Público que no ostenten la condición de poder adjudicador se regularán por las normas de derecho privado que les resulten de aplicación.

Artículo 322 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

modificación

«Los efectos, modificación y extinción de los contratos de las entidades del Sector Público que no ostenten la condición de poder adjudicador se regularán por las normas de derecho privado que les resulten de aplicación.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Efectos, modificación y extinción de los contratos. Responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto»?

Artículo 322 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 322

Información4/5

Artículo 322. Efectos, modificación y extinción de los contratos. Responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto (apartado 2)

Artículo 322 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.

Completa el hueco5/5

En los contratos de servicios ________ en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.

Artículo 322 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

consistentes

«En los contratos de servicios consistentes en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, se exigirá la responsabilidad del contratista por defectos o errores del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314.»

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