Ir al generador

📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 284 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoÁmbito del contrato de concesión de servicios

Texto vigente

1. La Administración podrá gestionar indirectamente, mediante contrato de concesión de servicios, los servicios de su titularidad o competencia siempre que sean susceptibles de explotación económica por particulares. En ningún caso podrán prestarse mediante concesión de servicios los que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.

2. Antes de proceder a la contratación de una concesión de servicios, en los casos en que se trate de servicios públicos, deberá haberse establecido su régimen jurídico, que declare expresamente que la actividad de que se trata queda asumida por la Administración respectiva como propia de la misma, determine el alcance de las prestaciones en favor de los administrados, y regule los aspectos de carácter jurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio.

3. El contrato expresará con claridad, en todo caso, el ámbito de la concesión, tanto en el orden funcional, como en el territorial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 284. Ámbito del contrato de concesión de servicios (apartado 1)

Artículo 284 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

La Administración podrá gestionar indirectamente, mediante contrato de concesión de servicios, los servicios de su titularidad o competencia siempre que sean susceptibles de explotación económica por particulares. En ningún caso podrán prestarse mediante concesión de servicios los que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.

Completa el hueco2/5

La Administración podrá gestionar ________, mediante contrato de concesión de servicios, los servicios de su titularidad o competencia siempre que sean susceptibles de explotación económica por particulares.

Artículo 284 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

indirectamente

«La Administración podrá gestionar indirectamente, mediante contrato de concesión de servicios, los servicios de su titularidad o competencia siempre que sean susceptibles de explotación económica por particulares.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Ámbito del contrato de concesión de servicios»?

Artículo 284 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 284

Información4/5

Artículo 284. Ámbito del contrato de concesión de servicios (apartado 2)

Artículo 284 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

Antes de proceder a la contratación de una concesión de servicios, en los casos en que se trate de servicios públicos, deberá haberse establecido su régimen jurídico, que declare expresamente que la actividad de que se trata queda asumida por la Administración respectiva como propia de la misma, determine el alcance de las prestaciones en favor de los administrados, y regule los aspectos de carácter jurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio.

Completa el hueco5/5

En ningún caso podrán prestarse mediante ________ de servicios los que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.

Artículo 284 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

concesión

«En ningún caso podrán prestarse mediante concesión de servicios los que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.»