📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902
Artículo 218 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoSistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas
Texto vigente
Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados, conforme a las normas de este capítulo.
Flashcards de este artículo
Artículo 218. Sistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas
Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados, conforme a las normas de este capítulo.
Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las ________ Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados, conforme a las normas de este capítulo.
Administraciones
«Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados, conforme a las normas de este capítulo.»
¿Qué artículo lleva por título «Sistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas»?
¿Qué artículo establece: «Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación…»?
Artículo 218. Sistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas
«Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados, conforme a las normas de este capítulo.»
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