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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 113 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPreferencia en la ejecución de garantías

Texto vigente

1. Para hacer efectivas las garantías, tanto provisionales como definitivas, la Administración contratante tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el título del que derive su crédito.

2. Cuando la garantía no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que está afecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimiento administrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en las normas de recaudación.

3. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 90 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el caso de concurso los créditos derivados de las obligaciones ex lege o los surgidos en virtud de actos administrativos tendrán la consideración de créditos con privilegio general conforme a lo establecido en el artículo 91.4 de la Ley 22/2003.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 113. Preferencia en la ejecución de garantías (apartado 1)

Artículo 113 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

Para hacer efectivas las garantías, tanto provisionales como definitivas, la Administración contratante tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el título del que derive su crédito.

Completa el hueco2/5

Para hacer efectivas las garantías, tanto ________ como definitivas, la Administración contratante tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el título del que derive su crédito.

Artículo 113 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

provisionales

«Para hacer efectivas las garantías, tanto provisionales como definitivas, la Administración contratante tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el título del que derive su crédito.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Preferencia en la ejecución de garantías»?

Artículo 113 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 113

Información4/5

Artículo 113. Preferencia en la ejecución de garantías (apartado 2)

Artículo 113 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

Cuando la garantía no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que está afecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimiento administrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en las normas de recaudación.

Completa el hueco5/5

Cuando la garantía no sea bastante para cubrir las ________ a las que está afecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimiento administrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en las normas de recaudación.

Artículo 113 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

responsabilidades

«Cuando la garantía no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que está afecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimiento administrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en las normas de recaudación.»

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