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📄 Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público · BOE-A-2017-12902

Artículo 100 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPresupuesto base de licitación

Texto vigente

1. A los efectos de esta Ley, por presupuesto base de licitación se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario.

2. En el momento de elaborarlo, los órganos de contratación cuidarán de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado. A tal efecto, el presupuesto base de licitación se desglosará indicando en el pliego de cláusulas administrativas particulares o documento regulador de la licitación los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación. En los contratos en que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución formen parte del precio total del contrato, el presupuesto base de licitación indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia.

3. Con carácter previo a la tramitación de un acuerdo marco o de un sistema dinámico de adquisición no será necesario que se apruebe un presupuesto base de licitación.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 06/10/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 100. Presupuesto base de licitación (apartado 1)

Artículo 100 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido1/5

A los efectos de esta Ley, por presupuesto base de licitación se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario.

Completa el hueco2/5

A los efectos de esta Ley, por presupuesto base de licitación se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de ________, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario.

Artículo 100 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta2/5

contratación

«A los efectos de esta Ley, por presupuesto base de licitación se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Presupuesto base de licitación»?

Artículo 100 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta3/5

Artículo 100

Información4/5

Artículo 100. Presupuesto base de licitación (apartado 2, 1/2)

Artículo 100 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Contenido4/5

En el momento de elaborarlo, los órganos de contratación cuidarán de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado. A tal efecto, el presupuesto base de licitación se desglosará indicando en el pliego de cláusulas administrativas particulares o documento regulador de la licitación los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación.

Completa el hueco5/5

En el momento de elaborarlo, los órganos de ________ cuidarán de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado.

Artículo 100 · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
Respuesta5/5

contratación

«En el momento de elaborarlo, los órganos de contratación cuidarán de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado.»

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