💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186
Artículo 9 de la Ley General TributariaIdentificación y derogación expresa de las normas tributarias
Texto vigente
1. Las leyes y los reglamentos que contengan normas tributarias deberán mencionarlo expresamente en su título y en la rúbrica de los artículos correspondientes.
2. Las leyes y los reglamentos que modifiquen normas tributarias contendrán una relación completa de las normas derogadas y la nueva redacción de las que resulten modificadas.
Flashcards de este artículo
Artículo 9. Identificación y derogación expresa de las normas tributarias (apartado 1)
Las leyes y los reglamentos que contengan normas tributarias deberán mencionarlo expresamente en su título y en la rúbrica de los artículos correspondientes.
Las leyes y los reglamentos que contengan normas tributarias deberán mencionarlo ________ en su título y en la rúbrica de los artículos correspondientes.
expresamente
«Las leyes y los reglamentos que contengan normas tributarias deberán mencionarlo expresamente en su título y en la rúbrica de los artículos correspondientes.»
¿Qué artículo lleva por título «Identificación y derogación expresa de las normas tributarias»?
Artículo 9. Identificación y derogación expresa de las normas tributarias (apartado 2)
Las leyes y los reglamentos que modifiquen normas tributarias contendrán una relación completa de las normas derogadas y la nueva redacción de las que resulten modificadas.
Las leyes y los ________ que modifiquen normas tributarias contendrán una relación completa de las normas derogadas y la nueva redacción de las que resulten modificadas.
reglamentos
«Las leyes y los reglamentos que modifiquen normas tributarias contendrán una relación completa de las normas derogadas y la nueva redacción de las que resulten modificadas.»
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