💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186
Artículo 66 de la Ley General TributariaPlazos de prescripción
Texto vigente
Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:
a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
Flashcards de este artículo
Artículo 66. Plazos de prescripción
Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos: • a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación. • b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas. • c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías. • d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
Prescribirán a los ________ los siguientes derechos:
cuatro años
«Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:»
¿Qué artículo lleva por título «Plazos de prescripción»?
El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna ________.
liquidación
«El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.»
¿Qué artículo establece: «Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos»?
Artículo 66. Plazos de prescripción
«Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:»
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