Ir al generador

💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186

Artículo 270 de la Ley General TributariaInicio

Texto vigente

El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio.

El inicio de las actuaciones del procedimiento deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas.

La comunicación de inicio contendrá la propuesta de resolución, concediéndose un plazo de 10 días al obligado tributario para que alegue lo que convenga a su derecho.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 270. Inicio

Artículo 270 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido1/5

El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio. El inicio de las actuaciones del procedimiento deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas. La comunicación de inicio contendrá la propuesta de resolución, concediéndose un plazo de 10 días al obligado tributario para que alegue lo que convenga a su derecho.

Completa el hueco2/5

El ________ de recuperación se iniciará de oficio.

Artículo 270 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta2/5

procedimiento

«El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Inicio»?

Artículo 270 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta3/5

Artículo 270

Completa el hueco4/5

El inicio de las actuaciones del ________ deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas.

Artículo 270 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta4/5

procedimiento

«El inicio de las actuaciones del procedimiento deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio»?

Artículo 270 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta5/5

Artículo 270. Inicio

«El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio.»

Otros artículos de CAPÍTULO III. Procedimiento de recuperación en otros supuestos