💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186
Artículo 270 de la Ley General TributariaInicio
Texto vigente
El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio.
El inicio de las actuaciones del procedimiento deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas.
La comunicación de inicio contendrá la propuesta de resolución, concediéndose un plazo de 10 días al obligado tributario para que alegue lo que convenga a su derecho.
Flashcards de este artículo
Artículo 270. Inicio
El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio. El inicio de las actuaciones del procedimiento deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas. La comunicación de inicio contendrá la propuesta de resolución, concediéndose un plazo de 10 días al obligado tributario para que alegue lo que convenga a su derecho.
El ________ de recuperación se iniciará de oficio.
procedimiento
«El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio.»
¿Qué artículo lleva por título «Inicio»?
El inicio de las actuaciones del ________ deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas.
procedimiento
«El inicio de las actuaciones del procedimiento deberá notificarse a los obligados tributarios mediante comunicación que deberá expresar la naturaleza de las mismas e informará de sus derechos y obligaciones en el curso de aquellas.»
¿Qué artículo establece: «El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio»?
Artículo 270. Inicio
«El procedimiento de recuperación se iniciará de oficio.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. Procedimiento de recuperación en otros supuestos
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.