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💶 Ley 58/2003 General Tributaria · BOE-A-2003-23186

Artículo 207 de la Ley General TributariaRegulación del procedimiento sancionador en materia tributaria

Texto vigente

El procedimiento sancionador en materia tributaria se regulará:

a) Por las normas especiales establecidas en este título y la normativa reglamentaria dictada en su desarrollo.

b) En su defecto, por las normas reguladoras del procedimiento sancionador en materia administrativa.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 207. Regulación del procedimiento sancionador en materia tributaria

Artículo 207 · Ley 58/2003 General Tributaria
Contenido1/5

El procedimiento sancionador en materia tributaria se regulará: • a) Por las normas especiales establecidas en este título y la normativa reglamentaria dictada en su desarrollo. • b) En su defecto, por las normas reguladoras del procedimiento sancionador en materia administrativa.

Completa el hueco2/5

El ________ sancionador en materia tributaria se regulará:

Artículo 207 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta2/5

procedimiento

«El procedimiento sancionador en materia tributaria se regulará:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Regulación del procedimiento sancionador en materia tributaria»?

Artículo 207 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta3/5

Artículo 207

Completa el hueco4/5

Por las normas ________ establecidas en este título y la normativa reglamentaria dictada en su desarrollo.

Artículo 207 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta4/5

especiales

«Por las normas especiales establecidas en este título y la normativa reglamentaria dictada en su desarrollo.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «El procedimiento sancionador en materia tributaria se regulará»?

Artículo 207 · Ley 58/2003 General Tributaria
Respuesta5/5

Artículo 207. Regulación del procedimiento sancionador en materia tributaria

«El procedimiento sancionador en materia tributaria se regulará:»

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