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🤝 Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito · BOE-A-2015-4606

Artículo 30 del Estatuto de la víctima (Ley 4/2015)Formación en los principios de protección de las víctimas

Texto vigente

1. El Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, asegurarán una formación general y específica, relativa a la protección de las víctimas en el proceso penal, en los cursos de formación de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, médicos forenses, personal al servicio de la Administración de Justicia, personal de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas y, en su caso, funcionarios de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas que desempeñen funciones en esta materia.

En estos cursos de formación se prestará particular atención a las víctimas necesitadas de especial protección, a aquellas en las que concurran factores de especial vulnerabilidad y a las víctimas menores o con discapacidad.

2. Los Colegios de Abogados y de Procuradores impulsarán la formación y sensibilización de sus colegiados en los principios de protección de las víctimas contenidos en esta Ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 19/12/2025. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 30. Formación en los principios de protección de las víctimas (apartado 1, 1/2)

Artículo 30 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Contenido1/5

El Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, asegurarán una formación general y específica, relativa a la protección de las víctimas en el proceso penal, en los cursos de formación de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, médicos forenses, personal al servicio de la Administración de Justicia, personal de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas y, en su caso, funcionarios de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas que desempeñen funciones en esta materia.

Completa el hueco2/5

En estos cursos de formación se prestará particular atención a las víctimas necesitadas de especial protección, a aquellas en las que concurran factores de especial ________ y a las víctimas menores o con discapacidad.

Artículo 30 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta2/5

vulnerabilidad

«En estos cursos de formación se prestará particular atención a las víctimas necesitadas de especial protección, a aquellas en las que concurran factores de especial vulnerabilidad y a las víctimas menores o con discapacidad.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Formación en los principios de protección de las víctimas»?

Artículo 30 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta3/5

Artículo 30

Información4/5

Artículo 30. Formación en los principios de protección de las víctimas (apartado 1, 2/2)

Artículo 30 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Contenido4/5

En estos cursos de formación se prestará particular atención a las víctimas necesitadas de especial protección, a aquellas en las que concurran factores de especial vulnerabilidad y a las víctimas menores o con discapacidad.

Completa el hueco5/5

Los Colegios de Abogados y de Procuradores impulsarán la formación y ________ de sus colegiados en los principios de protección de las víctimas contenidos en esta Ley.

Artículo 30 · Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito
Respuesta5/5

sensibilización

«Los Colegios de Abogados y de Procuradores impulsarán la formación y sensibilización de sus colegiados en los principios de protección de las víctimas contenidos en esta Ley.»

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