🟢 Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE-A-2014-12408
Artículo 58 de la Ley 29/2014 de personal de la Guardia CivilRegistro de personal
Texto vigente
1. En la Dirección General de la Guardia Civil existirá un registro de personal en el que estarán inscritos todos los miembros del Cuerpo, y en el que se anotarán los datos administrativos de su historial profesional.
2. El Ministro del Interior establecerá las normas generales reguladoras del Registro de Personal y de su funcionamiento.
Flashcards de este artículo
Artículo 58. Registro de personal (apartado 1)
En la Dirección General de la Guardia Civil existirá un registro de personal en el que estarán inscritos todos los miembros del Cuerpo, y en el que se anotarán los datos administrativos de su historial profesional.
En la Dirección General de la Guardia Civil existirá un registro de personal en el que estarán inscritos todos los miembros del Cuerpo, y en el que se anotarán los datos ________ de su historial profesional.
administrativos
«En la Dirección General de la Guardia Civil existirá un registro de personal en el que estarán inscritos todos los miembros del Cuerpo, y en el que se anotarán los datos administrativos de su historial profesional.»
¿Qué artículo lleva por título «Registro de personal»?
Artículo 58. Registro de personal (apartado 2)
El Ministro del Interior establecerá las normas generales reguladoras del Registro de Personal y de su funcionamiento.
El Ministro del Interior establecerá las normas generales reguladoras del Registro de Personal y de su ________.
funcionamiento
«El Ministro del Interior establecerá las normas generales reguladoras del Registro de Personal y de su funcionamiento.»
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