Ir al generador

🔎 Ley 19/2013 de Transparencia · BOE-A-2013-12887

Artículo 6 bis de la Ley de TransparenciaRegistro de actividades de tratamiento

Texto vigente

Los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, publicarán su inventario de actividades de tratamiento en aplicación del artículo 31 de la citada Ley Orgánica.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 02/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/4

Artículo 6 bis. Registro de actividades de tratamiento

Artículo 6 bis · Ley 19/2013 de Transparencia
Contenido1/4

Los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, publicarán su inventario de actividades de tratamiento en aplicación del artículo 31 de la citada Ley Orgánica.

Completa el hueco2/4

Los sujetos enumerados en el artículo 77.________ de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, publicarán su inventario de actividades de tratamiento en aplicación del artículo 31 de la citada Ley Orgánica.

Artículo 6 bis · Ley 19/2013 de Transparencia
Respuesta2/4

1

«Los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, publicarán su inventario de actividades de tratamiento en aplicación del artículo 31 de la citada Ley Orgánica.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Registro de actividades de tratamiento»?

Artículo 6 bis · Ley 19/2013 de Transparencia
Respuesta3/4

Artículo 6 bis

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales…»?

Artículo 6 bis · Ley 19/2013 de Transparencia
Respuesta4/4

Artículo 6 bis. Registro de actividades de tratamiento

«Los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, publicarán su inventario de actividades de tratamiento en aplicación del artículo 31 de la citada Ley Orgánica.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. Publicidad activa