🔎 Ley 19/2013 de Transparencia · BOE-A-2013-12887
Artículo 4 de la Ley de TransparenciaObligación de suministrar información
Texto vigente
Las personas físicas y jurídicas distintas de las referidas en los artículos anteriores que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas estarán obligadas a suministrar a la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1 a la que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en este título. Esta obligación se extenderá a los adjudicatarios de contratos del sector público en los términos previstos en el respectivo contrato.
Flashcards de este artículo
Artículo 4. Obligación de suministrar información
Las personas físicas y jurídicas distintas de las referidas en los artículos anteriores que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas estarán obligadas a suministrar a la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1 a la que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en este título. Esta obligación se extenderá a los adjudicatarios de contratos del sector público en los términos previstos en el respectivo contrato.
Esta obligación se extenderá a los ________ de contratos del sector público en los términos previstos en el respectivo contrato.
adjudicatarios
«Esta obligación se extenderá a los adjudicatarios de contratos del sector público en los términos previstos en el respectivo contrato.»
¿Qué artículo lleva por título «Obligación de suministrar información»?
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Artículo 4. Obligación de suministrar información
«Esta obligación se extenderá a los adjudicatarios de contratos del sector público en los términos previstos en el respectivo contrato.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Ámbito subjetivo de aplicación
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