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🔎 Ley 19/2013 de Transparencia · BOE-A-2013-12887

Artículo 23 de la Ley de TransparenciaRecursos

Texto vigente

1. La reclamación prevista en el artículo siguiente tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.1.f) sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 02/01/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 23. Recursos (apartado 1)

Artículo 23 · Ley 19/2013 de Transparencia
Contenido1/5

La reclamación prevista en el artículo siguiente tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Completa el hueco2/5

La reclamación prevista en el artículo siguiente tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.________ de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 23 · Ley 19/2013 de Transparencia
Respuesta2/5

2

«La reclamación prevista en el artículo siguiente tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
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Artículo 23 · Ley 19/2013 de Transparencia
Respuesta3/5

Artículo 23

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Artículo 23. Recursos (apartado 2)

Artículo 23 · Ley 19/2013 de Transparencia
Contenido4/5

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.1.f) sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo.

Completa el hueco5/5

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.________.f) sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo.

Artículo 23 · Ley 19/2013 de Transparencia
Respuesta5/5

1

«No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.1.f) sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo.»

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