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🚨 Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil · BOE-A-2015-7730

Artículo 11 de la Ley de Protección CivilFondo de Prevención de Emergencias

Texto vigente

1. Se crea el Fondo de Prevención de Emergencias, gestionado por el Ministerio del Interior, dotado con cargo a los créditos que se consignen al efecto en los Presupuestos Generales del Estado, para financiar, en el ámbito de la Administración General del Estado, las actividades preventivas siguientes:

a) Análisis de peligrosidad, vulnerabilidad y riesgos.

b) Mapas de riesgos de protección civil.

c) Programas de sensibilización e información preventiva a los ciudadanos.

d) Programas de educación para la prevención en centros escolares.

e) Otras actividades de análogo carácter que se determinen.

2. El Ministerio del Interior podrá suscribir instrumentos de colaboración con otros departamentos ministeriales, con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas o privadas, para la realización de las actividades recogidas en este capítulo, que serán financiadas total o parcialmente con cargo al Fondo de Prevención de Emergencias.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 31/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 11. Fondo de Prevención de Emergencias (apartado 1)

Artículo 11 · Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil
Contenido1/5

Se crea el Fondo de Prevención de Emergencias, gestionado por el Ministerio del Interior, dotado con cargo a los créditos que se consignen al efecto en los Presupuestos Generales del Estado, para financiar, en el ámbito de la Administración General del Estado, las actividades preventivas siguientes: • a) Análisis de peligrosidad, vulnerabilidad y riesgos. • b) Mapas de riesgos de protección civil. • c) Programas de sensibilización e información preventiva a los ciudadanos. • d) Programas de educación para la prevención en centros escolares. • e) Otras actividades de análogo carácter que se determinen.

Completa el hueco2/5

Se crea el Fondo de Prevención de Emergencias, gestionado por el Ministerio del Interior, dotado con cargo a los créditos que se consignen al efecto en los ________ Generales del Estado, para financiar, en el ámbito de la Administración General del Estado, las actividades preventivas siguientes:

Artículo 11 · Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil
Respuesta2/5

Presupuestos

«Se crea el Fondo de Prevención de Emergencias, gestionado por el Ministerio del Interior, dotado con cargo a los créditos que se consignen al efecto en los Presupuestos Generales del Estado, para financiar, en el ámbito de la Administración General del Estado, las actividades preventivas siguientes:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Fondo de Prevención de Emergencias»?

Artículo 11 · Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil
Respuesta3/5

Artículo 11

Información4/5

Artículo 11. Fondo de Prevención de Emergencias (apartado 2)

Artículo 11 · Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil
Contenido4/5

El Ministerio del Interior podrá suscribir instrumentos de colaboración con otros departamentos ministeriales, con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas o privadas, para la realización de las actividades recogidas en este capítulo, que serán financiadas total o parcialmente con cargo al Fondo de Prevención de Emergencias.

Completa el hueco5/5

Programas de ________ e información preventiva a los ciudadanos.

Artículo 11 · Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil
Respuesta5/5

sensibilización

«Programas de sensibilización e información preventiva a los ciudadanos.»

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