⚖ Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal · BOE-A-1982-837
Artículo cuarenta y nueve del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Texto vigente
Los miembros del Ministerio Fiscal deberán residir en la población donde tengan su destino oficial. Sólo podrán ausentarse de la misma con permiso de sus superiores jerárquicos.
Asimismo deberán asistir, durante el tiempo necesario, y de conformidad con las instrucciones del Jefe de la Fiscalía, al despacho de la misma y a los Tribunales en que deban actuar.
Flashcards de este artículo
Artículo cuarenta y nueve
Los miembros del Ministerio Fiscal deberán residir en la población donde tengan su destino oficial. Sólo podrán ausentarse de la misma con permiso de sus superiores jerárquicos. Asimismo deberán asistir, durante el tiempo necesario, y de conformidad con las instrucciones del Jefe de la Fiscalía, al despacho de la misma y a los Tribunales en que deban actuar.
Los miembros del ________ Fiscal deberán residir en la población donde tengan su destino oficial.
Ministerio
«Los miembros del Ministerio Fiscal deberán residir en la población donde tengan su destino oficial.»
¿Qué artículo establece: «Los miembros del Ministerio Fiscal deberán residir en la población donde tengan su destino oficial»?
Artículo cuarenta y nueve
«Los miembros del Ministerio Fiscal deberán residir en la población donde tengan su destino oficial.»
Sólo podrán ausentarse de la misma con permiso de sus superiores ________.
jerárquicos
«Sólo podrán ausentarse de la misma con permiso de sus superiores jerárquicos.»
¿Qué artículo establece: «Sólo podrán ausentarse de la misma con permiso de sus superiores jerárquicos»?
Artículo cuarenta y nueve
«Sólo podrán ausentarse de la misma con permiso de sus superiores jerárquicos.»
Otros artículos de CAPITULO V. De los deberes y derechos de los miembros del Ministerio Fiscal
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.