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🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983) · BOE-A-1983-6317

Artículo 64 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid

Texto vigente

1. La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento:

La iniciativa de la reforma corresponderá al Gobierno o a la Asamblea de Madrid, a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o de dos tercios de los municipios de la Comunidad cuya población represente la mayoría absoluta de la Comunidad de Madrid.

La propuesta de reforma requerirá, en todo caso, la aprobación de la Asamblea por mayoría de dos tercios y la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica.

2. Si la propuesta de reforma no es aprobada por la Asamblea o por las Cortes Generales, no podrá ser sometida nuevamente a debate y votación de la Asamblea hasta que haya transcurrido un año.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 31/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 64 (apartado 1)

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Contenido1/5

La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento: La iniciativa de la reforma corresponderá al Gobierno o a la Asamblea de Madrid, a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o de dos tercios de los municipios de la Comunidad cuya población represente la mayoría absoluta de la Comunidad de Madrid. La propuesta de reforma requerirá, en todo caso, la aprobación de la Asamblea por mayoría de dos tercios y la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica.

Completa el hueco2/5

La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente ________:

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta2/5

procedimiento

«La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento»?

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta3/5

Artículo 64

«La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento:»
Información4/5

Artículo 64 (apartado 2)

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Contenido4/5

Si la propuesta de reforma no es aprobada por la Asamblea o por las Cortes Generales, no podrá ser sometida nuevamente a debate y votación de la Asamblea hasta que haya transcurrido un año.

Completa el hueco5/5

La iniciativa de la reforma corresponderá al Gobierno o a la Asamblea de Madrid, a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o de ________ tercios de los municipios de la Comunidad cuya población represente la mayoría absoluta de la Comunidad de Madrid.

Artículo 64 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta5/5

dos

«La iniciativa de la reforma corresponderá al Gobierno o a la Asamblea de Madrid, a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o de dos tercios de los municipios de la Comunidad cuya población represente la mayoría absoluta de la Comunidad de Madrid.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/07/1998 por BOE-A-1998-16302.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/03/1983):

1. La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento: La iniciativa de la reforma corresponderá al Consejo de Gobierno o a la Asamblea de Madrid, a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o de dos tercios de los municipios de la Comunidad cuya población represente la mayoría absoluta de la Comunidad de Madrid. La propuesta de reforma requerirá, en todo caso, la aprobación de la Asamblea por mayoría de dos tercios y la aprobación de las Cortes Generales mediante Ley Orgánica. ley orgánica. 2. Si la propuesta de reforma no es aprobada por la Asamblea o por las Cortes Generales, no podrá ser sometida nuevamente a debate y votación de la Asamblea hasta que haya transcurrido un año.

  1. Vigente desde 01/03/1983 · redacción original
  2. Vigente desde 08/07/1998 · modificado por BOE-A-1998-16302