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🗺️ Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983) · BOE-A-1983-6317

Artículo 43 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid

Texto vigente

Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por la jurisdicción contencioso-administrativa.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 31/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 43

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Contenido1/3

Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por la jurisdicción contencioso-administrativa.

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Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por la jurisdicción ________.

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta2/3

contencioso-administrativa

«Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por la jurisdicción contencioso-administrativa.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la…»?

Artículo 43 · Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (LO 3/1983)
Respuesta3/3

Artículo 43

«Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por la jurisdicción contencioso-administrativa.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/07/1998 por BOE-A-1998-16302.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/03/1983):

Las Leyes Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Asamblea estarán excluidas Comunidad de su revisión por Madrid, así como el control de la jurisdicción contencioso-administrativa Legalidad de la actuación administrativa y sujetas únicamente al control el sometimiento de su constitucionalidad ejercido esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por el Tribunal Constitucional. la jurisdicción contencioso-administrativa.

  1. Vigente desde 01/03/1983 · redacción original
  2. Vigente desde 08/07/1998 · modificado por BOE-A-1998-16302

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