🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 85 del Estatuto de Autonomía de CataluñaEl Consejo de Gobiernos Locales
Texto vigente
El Consejo de Gobiernos Locales es el órgano de representación de municipios y veguerías en las instituciones de la Generalitat. El Consejo debe ser oído en la tramitación parlamentaria de las iniciativas legislativas que afectan de forma específica a las Administraciones locales y la tramitación de planes y normas reglamentarias de carácter idéntico. Una ley del Parlamento regula la composición, la organización y las funciones del Consejo de Gobiernos Locales.
Flashcards de este artículo
Artículo 85. El Consejo de Gobiernos Locales
El Consejo de Gobiernos Locales es el órgano de representación de municipios y veguerías en las instituciones de la Generalitat. El Consejo debe ser oído en la tramitación parlamentaria de las iniciativas legislativas que afectan de forma específica a las Administraciones locales y la tramitación de planes y normas reglamentarias de carácter idéntico. Una ley del Parlamento regula la composición, la organización y las funciones del Consejo de Gobiernos Locales.
El Consejo de Gobiernos Locales es el órgano de ________ de municipios y veguerías en las instituciones de la Generalitat.
representación
«El Consejo de Gobiernos Locales es el órgano de representación de municipios y veguerías en las instituciones de la Generalitat.»
¿Qué artículo lleva por título «El Consejo de Gobiernos Locales»?
El Consejo debe ser oído en la tramitación parlamentaria de las iniciativas legislativas que afectan de forma específica a las ________ locales y la tramitación de planes y normas reglamentarias de carácter idéntico.
Administraciones
«El Consejo debe ser oído en la tramitación parlamentaria de las iniciativas legislativas que afectan de forma específica a las Administraciones locales y la tramitación de planes y normas reglamentarias de carácter idéntico.»
¿Qué artículo establece: «El Consejo de Gobiernos Locales es el órgano de representación de municipios y veguerías en las instituciones de la Generalitat»?
Artículo 85. El Consejo de Gobiernos Locales
«El Consejo de Gobiernos Locales es el órgano de representación de municipios y veguerías en las instituciones de la Generalitat.»
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