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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 36 del Estatuto de Autonomía de CataluñaDerechos con relación al aranés

Texto vigente

1. En Arán todas las personas tienen el derecho a conocer y utilizar el aranés y a ser atendidas oralmente y por escrito en aranés en sus relaciones con las Administraciones públicas y con las entidades públicas y privadas que dependen de las mismas.

2. Los ciudadanos de Arán tienen el derecho a utilizar el aranés en sus relaciones con la Generalitat.

3. Deben determinarse por ley los demás derechos y deberes lingüísticos con relación al aranés.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 36. Derechos con relación al aranés (apartado 1)

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

En Arán todas las personas tienen el derecho a conocer y utilizar el aranés y a ser atendidas oralmente y por escrito en aranés en sus relaciones con las Administraciones públicas y con las entidades públicas y privadas que dependen de las mismas.

Completa el hueco2/5

En Arán todas las personas tienen el derecho a conocer y utilizar el aranés y a ser atendidas oralmente y por escrito en aranés en sus relaciones con las ________ públicas y con las entidades públicas y privadas que dependen de las mismas.

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

Administraciones

«En Arán todas las personas tienen el derecho a conocer y utilizar el aranés y a ser atendidas oralmente y por escrito en aranés en sus relaciones con las Administraciones públicas y con las entidades públicas y privadas que dependen de las mismas.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Derechos con relación al aranés»?

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 36

Información4/5

Artículo 36. Derechos con relación al aranés (apartado 2)

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Los ciudadanos de Arán tienen el derecho a utilizar el aranés en sus relaciones con la Generalitat.

Completa el hueco5/5

Los ________ de Arán tienen el derecho a utilizar el aranés en sus relaciones con la Generalitat.

Artículo 36 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

ciudadanos

«Los ciudadanos de Arán tienen el derecho a utilizar el aranés en sus relaciones con la Generalitat.»

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