🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087
Artículo 220 del Estatuto de Autonomía de CataluñaLey de haciendas locales
Texto vigente
1. El Parlamento debe aprobar su propia ley de haciendas locales para desarrollar los principios y disposiciones establecidos por el presente capítulo.
2. Las facultades en materia de haciendas locales que el presente capítulo atribuye a la Generalitat deben ejercerse con respeto a la autonomía local y oído el Consejo de Gobiernos Locales, establecido por el artículo 85.
Flashcards de este artículo
Artículo 220. Ley de haciendas locales (apartado 1)
El Parlamento debe aprobar su propia ley de haciendas locales para desarrollar los principios y disposiciones establecidos por el presente capítulo.
El Parlamento debe aprobar su propia ley de haciendas locales para desarrollar los principios y ________ establecidos por el presente capítulo.
disposiciones
«El Parlamento debe aprobar su propia ley de haciendas locales para desarrollar los principios y disposiciones establecidos por el presente capítulo.»
¿Qué artículo lleva por título «Ley de haciendas locales»?
Artículo 220. Ley de haciendas locales (apartado 2)
Las facultades en materia de haciendas locales que el presente capítulo atribuye a la Generalitat deben ejercerse con respeto a la autonomía local y oído el Consejo de Gobiernos Locales, establecido por el artículo 85.
Las ________ en materia de haciendas locales que el presente capítulo atribuye a la Generalitat deben ejercerse con respeto a la autonomía local y oído el Consejo de Gobiernos Locales, establecido por el artículo 85.
facultades
«Las facultades en materia de haciendas locales que el presente capítulo atribuye a la Generalitat deben ejercerse con respeto a la autonomía local y oído el Consejo de Gobiernos Locales, establecido por el artículo 85.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. Las haciendas de los gobiernos locales
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