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🗺️ Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006) · BOE-A-2006-13087

Artículo 100 del Estatuto de Autonomía de CataluñaControl de los actos del Consejo de Justicia de Cataluña

Texto vigente

1. (Anulado)

2. Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 17/08/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 100. Control de los actos del Consejo de Justicia de Cataluña (apartado 1)

Artículo 100 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido1/5

(Anulado)

Completa el hueco2/5

Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse ________ en los términos establecidos en las leyes.

Artículo 100 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta2/5

jurisdiccionalmente

«Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Control de los actos del Consejo de Justicia de Cataluña»?

Artículo 100 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta3/5

Artículo 100

Información4/5

Artículo 100. Control de los actos del Consejo de Justicia de Cataluña (apartado 2)

Artículo 100 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Contenido4/5

Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.

¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden…»?

Artículo 100 · Estatuto de Autonomía de Cataluña (LO 6/2006)
Respuesta5/5

Artículo 100. Control de los actos del Consejo de Justicia de Cataluña

«Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 16/07/2010 por BOE-A-2010-11409.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (09/08/2006):

1. Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña serán recurribles en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, salvo que hayan sido dictados en el ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma. (Anulado) 2. Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.

  1. Vigente desde 09/08/2006 · redacción original
  2. Vigente desde 16/07/2010 · modificado por BOE-A-2010-11409

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