🗺️ Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (LO 9/1982) · BOE-A-1982-20820
Artículo 27 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha
Texto vigente
Corresponde al Consejo de Gobierno de la región:
a) Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación.
b) Proponer a las Cortes de la Región la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales en la misma, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y teniendo en cuenta los límites de los actuales partidos judiciales y las características geográficas, históricas y de población.
Flashcards de este artículo
Artículo 27
Corresponde al Consejo de Gobierno de la región: • a) Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación. • b) Proponer a las Cortes de la Región la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales en la misma, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial y teniendo en cuenta los límites de los actuales partidos judiciales y las características geográficas, históricas y de población.
________ al Consejo de Gobierno de la región:
Corresponde
«Corresponde al Consejo de Gobierno de la región:»
¿Qué artículo establece: «Corresponde al Consejo de Gobierno de la región»?
Artículo 27
«Corresponde al Consejo de Gobierno de la región:»
Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes ________ del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación.
reguladoras
«Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación.»
¿Qué artículo establece: «Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación»?
Artículo 27
«Ejercer en su territorio todas las facultades que las leyes reguladoras del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno de la Nación.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.