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🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138

Artículo 84 del Estatuto de Autonomía de CanariasControl de los actos del Consejo de Justicia

Texto vigente

Los actos del Consejo de Justicia de Canarias que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 84. Control de los actos del Consejo de Justicia

Artículo 84 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Contenido1/4

Los actos del Consejo de Justicia de Canarias que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.

Completa el hueco2/4

Los actos del Consejo de Justicia de Canarias que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse ________ en los términos establecidos en las leyes.

Artículo 84 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta2/4

jurisdiccionalmente

«Los actos del Consejo de Justicia de Canarias que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Control de los actos del Consejo de Justicia»?

Artículo 84 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta3/4

Artículo 84

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los actos del Consejo de Justicia de Canarias que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden…»?

Artículo 84 · Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018)
Respuesta4/4

Artículo 84. Control de los actos del Consejo de Justicia

«Los actos del Consejo de Justicia de Canarias que no sean impugnables en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial pueden impugnarse jurisdiccionalmente en los términos establecidos en las leyes.»

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