🗺️ Estatuto de Autonomía de Canarias (LO 1/2018) · BOE-A-2018-15138
Artículo 79 del Estatuto de Autonomía de CanariasEl Presidente del Tribunal Superior de Justicia
Texto vigente
1. El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias es el representante del Poder Judicial en Canarias. Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial en los términos que establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial. El presidente del Gobierno de Canarias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial de Canarias».
2. Los presidentes de Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias serán nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial en los términos que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Flashcards de este artículo
Artículo 79. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia (apartado 1)
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias es el representante del Poder Judicial en Canarias. Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial en los términos que establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial. El presidente del Gobierno de Canarias ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial de Canarias».
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias es el ________ del Poder Judicial en Canarias.
representante
«El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias es el representante del Poder Judicial en Canarias.»
¿Qué artículo lleva por título «El Presidente del Tribunal Superior de Justicia»?
Artículo 79. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia (apartado 2)
Los presidentes de Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias serán nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial en los términos que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial en los términos que ________ la Ley Orgánica del Poder Judicial.
establezca
«Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial en los términos que establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial.»
Otros artículos de CAPÍTULO I. Del Tribunal Superior de Justicia y del Fiscal del Tribunal Superi…
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.