🗺️ Estatuto de Autonomía de Aragón (LO 5/2007) · BOE-A-2007-8444
Artículo 68 del Estatuto de Autonomía de AragónDemarcación y planta judiciales
Texto vigente
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma determinar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales. La capitalidad de las demarcaciones judiciales se fijará por ley de las Cortes de Aragón.
2. El Gobierno de Aragón participará, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la creación o transformación del número de secciones o juzgados en el ámbito de su territorio.
Flashcards de este artículo
Artículo 68. Demarcación y planta judiciales (apartado 1)
Corresponde a la Comunidad Autónoma determinar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales. La capitalidad de las demarcaciones judiciales se fijará por ley de las Cortes de Aragón.
Corresponde a la Comunidad Autónoma determinar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos ________.
jurisdiccionales
«Corresponde a la Comunidad Autónoma determinar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales.»
¿Qué artículo lleva por título «Demarcación y planta judiciales»?
Artículo 68. Demarcación y planta judiciales (apartado 2)
El Gobierno de Aragón participará, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la creación o transformación del número de secciones o juzgados en el ámbito de su territorio.
La capitalidad de las ________ judiciales se fijará por ley de las Cortes de Aragón.
demarcaciones
«La capitalidad de las demarcaciones judiciales se fijará por ley de las Cortes de Aragón.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. La Administración de Justicia
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