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🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229

Artículo 91 de la Constitución Española

Texto vigente

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 91

Artículo 91 · Constitución Española
Contenido1/3

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

Completa el hueco2/3

El Rey sancionará en el plazo de ________ las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

Artículo 91 · Constitución Española
Respuesta2/3

quince días

«El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su…»?

Artículo 91 · Constitución Española
Respuesta3/3

Artículo 91

«El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.»

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