🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444
Artículo 484 del Código Penal
Texto vigente
Los que aceptaren empleo de los rebeldes, serán castigados con la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.
Flashcards de este artículo
Artículo 484
Los que aceptaren empleo de los rebeldes, serán castigados con la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.
Los que aceptaren empleo de los rebeldes, serán castigados con la pena de inhabilitación absoluta de seis a ________.
doce años
«Los que aceptaren empleo de los rebeldes, serán castigados con la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.»
¿Qué artículo establece: «Los que aceptaren empleo de los rebeldes, serán castigados con la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años»?
Artículo 484
«Los que aceptaren empleo de los rebeldes, serán castigados con la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.»
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