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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 901 del Código Civil

Texto vigente

Los albaceas tendrán todas las facultades que expresamente les haya conferido el testador y no sean contrarias a las leyes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 901

Artículo 901 · Código Civil
Contenido1/3

Los albaceas tendrán todas las facultades que expresamente les haya conferido el testador y no sean contrarias a las leyes.

Completa el hueco2/3

Los albaceas tendrán todas las facultades que ________ les haya conferido el testador y no sean contrarias a las leyes.

Artículo 901 · Código Civil
Respuesta2/3

expresamente

«Los albaceas tendrán todas las facultades que expresamente les haya conferido el testador y no sean contrarias a las leyes.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Los albaceas tendrán todas las facultades que expresamente les haya conferido el testador y no sean contrarias a las leyes»?

Artículo 901 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 901

«Los albaceas tendrán todas las facultades que expresamente les haya conferido el testador y no sean contrarias a las leyes.»

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