⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 356 del Código Civil
Texto vigente
El que percibe los frutos tiene la obligación de abonar los gastos hechos por un tercero para su producción, recolección y conservación.
Flashcards de este artículo
Artículo 356
El que percibe los frutos tiene la obligación de abonar los gastos hechos por un tercero para su producción, recolección y conservación.
El que percibe los frutos tiene la obligación de abonar los gastos hechos por un tercero para su producción, recolección y ________.
conservación
«El que percibe los frutos tiene la obligación de abonar los gastos hechos por un tercero para su producción, recolección y conservación.»
¿Qué artículo establece: «El que percibe los frutos tiene la obligación de abonar los gastos hechos por un tercero para su producción, recolección y conservación»?
Artículo 356
«El que percibe los frutos tiene la obligación de abonar los gastos hechos por un tercero para su producción, recolección y conservación.»
Otros artículos de Sección 1.ª. Del derecho de accesión respecto al producto de los bienes
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