⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1394 del Código Civil
Texto vigente
Los efectos de la disolución prevista en el artículo anterior se producirán desde la fecha en que se acuerde. De seguirse pleito sobre la concurrencia de la causa de disolución, iniciada la tramitación del mismo, se practicará el inventario, y el Juez adoptará las medidas necesarias para la administración del caudal, requiriéndose, licencia judicial para todos los actos que excedan de la administración ordinaria.
Flashcards de este artículo
Artículo 1394
Los efectos de la disolución prevista en el artículo anterior se producirán desde la fecha en que se acuerde. De seguirse pleito sobre la concurrencia de la causa de disolución, iniciada la tramitación del mismo, se practicará el inventario, y el Juez adoptará las medidas necesarias para la administración del caudal, requiriéndose, licencia judicial para todos los actos que excedan de la administración ordinaria.
De seguirse pleito sobre la concurrencia de la causa de ________, iniciada la tramitación del mismo, se practicará el inventario, y el Juez adoptará las medidas necesarias para la administración del caudal, requiriéndose, licencia judicial para todos los actos que excedan de la administración ordinaria.
disolución
«De seguirse pleito sobre la concurrencia de la causa de disolución, iniciada la tramitación del mismo, se practicará el inventario, y el Juez adoptará las medidas necesarias para la administración del caudal, requiriéndose, licencia judicial para todos los actos que excedan de la administración ordinaria.»
¿Qué artículo establece: «Los efectos de la disolución prevista en el artículo anterior se producirán desde la fecha en que se acuerde»?
Artículo 1394
«Los efectos de la disolución prevista en el artículo anterior se producirán desde la fecha en que se acuerde.»
¿Qué artículo establece: «De seguirse pleito sobre la concurrencia de la causa de disolución, iniciada la tramitación del mismo, se practicará el inventario, y el…»?
Artículo 1394
«De seguirse pleito sobre la concurrencia de la causa de disolución, iniciada la tramitación del mismo, se practicará el inventario, y el Juez adoptará las medidas necesarias para la administración del caudal, requiriéndose, licencia judicial para todos los actos que excedan de la administración ordinaria.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
La renuncia a esta sociedad no puede hacerse durante el matrimonio sino Los efectos de la disolución prevista en el caso artículo anterior se producirán desde la fecha en que se acuerde. De seguirse pleito sobre la concurrencia de separación judicial. Cuando la renuncia tuviere lugar por causa de separación, o después de disuelto o anulado el matrimonio, disolución, iniciada la tramitación del mismo, se hará constar por escritura pública, practicará el inventario, y los acreedores tendrán el derecho Juez adoptará las medidas necesarias para la administración del caudal, requiriéndose, licencia judicial para todos los actos que se les reconoce en el artículo 1.001. excedan de la administración ordinaria.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.